A las cero horas de este sábado comenzó a regir la Ley 27.801 de Régimen Penal Juvenil, una norma que entierra al decreto-ley 22.278, herencia de la última dictadura, pero que lejos de superarlo lo profundiza en su costado más punitivo. El defensor oficial del fuero de responsabilidad penal juvenil de La Plata, Ricardo Berenguer, sintetiza el fenómeno: es un panorama regresivo que empeora el estatus jurídico de los menores de 16 años. No se trata solo de la baja en la edad de punibilidad: la norma habilita a aplicar a un pibe de 14 o 15 años la totalidad de los delitos del código penal y penas equivalentes a las de los adultos, con un máximo de 15 años de prisión. Una enormidad para quien recién empieza a transitar la vida.
La gravedad del asunto no es una opinión aislada. Berenguer recuerda que el sistema especializado que la ley debería garantizar brilla por su ausencia y que esta reforma contradice la Convención de los Derechos del Niño, la Corte Interamericana en el fallo Mendoza y la propia Corte Suprema nacional en el fallo Maldonado de 2014. Todos ellos recomendaron cambiar la norma vigente, pero sin agravar penas ni reducir la edad de imputabilidad. Por eso, la acción de inconstitucionalidad presentada por defensores oficiales, la Comisión por la Memoria, la APDH y otras organizaciones sigue su curso. Aunque este viernes la justicia federal contenciosa administrativa se declaró incompetente y remitió el expediente a la justicia penal, los impulsores esperan que el Comité de los Derechos del Niño se expida. El país arriesga una condena internacional por violar un tratado con rango constitucional.
La contradicción más profunda de esta ley es su inutilidad declarada. El defensor lo dice sin vueltas: la incidencia del delito juvenil en la criminalidad global es ínfima, apenas un dos por ciento en la provincia de Buenos Aires, uno de los distritos más complejos. Y no hay estadística global que demuestre que bajar la edad de punibilidad reduzca los índices de violencia. Entonces, ¿qué se persigue? Berenguer lo enmarca en un contexto histórico: como en 1919, cuando la ley de patronato de menores apuntaba a los pibes anarquistas que repartían diarios, hoy se criminaliza a los morochos de clase baja, a los que sobran en un modelo que elimina derechos sociales y laborales. El sistema penal es selectivo y esta norma es una herramienta más de disciplinamiento social.
Lo que viene es más prisionización. En La Plata ya hay más de quince institutos y los pibes son trasladados lejos de sus barrios, como ese defendido que está alojado a cuatrocientos kilómetros. Misiones no escapa a la lógica: encerrar a un adolescente de Puerto Iguazú implica llevarlo a Posadas y para las niñas ni siquiera hay institutos. La ley no piensa en el territorio ni en las familias. Los jueces tienen la obligación de evaluar si la norma que aplican respeta la Convención y, si no, no aplicarla. La estrategia es esa: releer los tratados, impugnar cada detención de menores de 16 años y sostener los recursos hasta que los organismos internacionales digan lo que ya han dicho. En el camino quedarán pibes dañados por el sistema, pero la pelea por revertir esta norma recién empieza.