La Gremial de Abogadxs lo dice con todas las letras: no hubo arrepentimiento ni pedido de disculpas. Facundo Jones Huala firmó un acuerdo homologado por el juez federal de Bariloche y cumplirá cinco años y dos meses de condena. La fiscalía quería encuadrar el caso en el artículo 210 bis, asociación ilícita para poner en peligro la Constitución, con una pena de cinco años y medio y la puerta abierta a probar “ramificaciones internacionales” entre la CAM chilena y la RAM argentina. Eso significaba, si iba a juicio oral, entre cinco y veinte años de prisión.
Los defensores se negaron. El acuerdo final quedó en el artículo 213 bis, que penaliza a los miembros de una organización transitoria por el solo hecho de serlo. En los hechos, Jones Huala asumió lo que siempre asumió: que la RAM existió y que él fue parte. Nada más.
La ley penal y el lonko nombran distinto a esa organización, aunque partan de las mismas palabras con que él y la RAM expusieron sus propósitos. Cuando el Estado te somete a un proceso penal, el Estado elige los términos. La Gremial lo admite sin vueltas: el juicio abreviado es una herramienta de extorsión eficaz porque nadie puede confiar su inocencia a los jueces argentinos. Con Jones Huala vienen aplicando audiencia tras audiencia el derecho penal del enemigo. No había garantía de juicio imparcial, y sí casi diez años de cárcel segura. Le duele a la Gremial que deba cumplir condena varios años más. Es injusto. Pero no podían decirle que se jugara quince años a ganar.