El fallo del Juzgado Nacional del Trabajo paraliza temporalmente la aplicación de la Ley 27.802 en lo referente al ámbito educativo, considerando que su implementación inmediata podría afectar derechos fundamentales como el derecho a huelga y la libertad sindical. La medida cautelar tiene alcance nacional y deja sin efecto las restricciones que la figura de "actividad esencial" imponía sobre las medidas de fuerza docentes.
La UDA, liderada por Sergio Romero, cuestionó la constitucionalidad de estos artículos argumentando que colisionaban con garantías constitucionales fundamentales para el sector educativo. Desde el gremio celebraron la decisión judicial como un avance en la defensa de los derechos laborales y educativos, subrayando que la prioridad debe centrarse en la inversión educativa y no en recortar libertades sindicales.
Este fallo se inscribe en un patrón de frenos judiciales a la reforma laboral, ya que días atrás la misma Justicia laboral había suspendido más de 80 artículos de la normativa tras un planteo de la CGT. El Gobierno nacional ratificó su intención de avanzar con la reforma y anticipó que apelará las resoluciones judiciales, sosteniendo que los cambios buscan modernizar el sistema laboral y garantizar la continuidad de servicios considerados esenciales.
El conflicto continuará en sede judicial donde deberá resolverse la constitucionalidad de los artículos cuestionados, mientras que por el momento las disposiciones suspendidas permanecerán sin efecto. La decisión impactará directamente en la dinámica de relaciones laborales del sector educativo, garantizando temporalmente que los docentes puedan organizarse y negociar sin las limitaciones que imponía la ley como "servicio esencial".